Según el Régimen Interno de la ATe, pueden ser asociada de la ATe aquellas personas físicas, nacionales o extranjeras, que así lo deseen y que reúnan las condiciones que se especifican de acuerdo a su categoría.
La ATe dispone cuatro categorías: personas fundadores, titulares, asociados, estudiantes y de honor.
También podrán optar a la condición de titularidad aquellos profesionales que han realizado su formación en el extranjero, siempre y cuando su formación sea homologable a la que la ATe considera como válida para ejercer como arteterapeuta acreditado/a en el Estado Español (según el reglamento interno y la comisión de selección).
(Ver requisitos básicos más abajo)
1. c) Personas asociados, sin seguro, con opción al mismo en el caso que cumpla los requisitos necesarios; serán aquellas personas que estén en proceso de reunir los requisitos mencionados para optar a ser miembro titular, cumpliendo gran parte de ellos.
● Persona titular: 100 € al año. (Incluye el Seguro Profesional anual)
*también puede ser sin seguro.
● Persona asociada: 70€ al año; en el caso de tener los requisitos para acceder al seguro: 100€ al año.
● Persona estudiante: 40 € al año.
● Persona colaborador: 40€ al año.
La forma de pago anual es a través de domiciliación bancaria. El año natural se entiende de enero a diciembre. Cualquier cambio en la cuota será previamente comunicado a los socio/as.
Según la ATe para ejercer el Arteterapia es imprescindible poseer formación suficiente en artes visuales, una licenciatura en Bellas Artes o en ciencias de la salud/educación/psicología y haber cursado estudios de nivel de postgrado o máster en Arteterapia de un mínimo de tres años de duración. Junto a la formación, los arteterapeutas han de haber realizado a su vez un proceso de psicoterapia personal y las suficientes horas de prácticas, bajo supervisión, en instituciones regladas.
Las demandas de la ATe para incorporarse a ella como miembro titular se establecen en base a estas premisas:
– Abrir la asociación a los profesionales formados en el campo del arteterapia.
– Mantener un nivel de calidad de acuerdo con los criterios europeos y que nos acredite como profesionales.
– Contribuir al reconocimiento estatal de la profesión.
– Poder formar parte de la FEAPA en un futuro.
Documentación requerida:
Los profesionales que quieran ser reconocidos como miembros titulares de la Asociación Profesional de Arteterapeutas Española y que no hayan cursado estudios homologados por la ATe, deberán presentar un portafolio que incluya:
– Documento acreditativo de formación universitaria en arteterapia.
– Documento acreditativo de formación universitaria.
– Acreditación de estudios realizados.
– Certificación del número de horas de terapia personal (carta del terapeuta firmada donde consten el número de sesiones realizadas).
– Certificación del número de horas de supervisión.
– Currículum Vitae que incluya años de práctica en arteterapia.
Debe enviar dichos documentos originales escaneados por correo electrónico a la secretaria de la ATe.
El comité de homologación evaluará la documentación presentada; en los casos particulares que lo requieran, se realizará una entrevista.